Si grazna y anda como pato, ¿es pato?

julio 22, 2016 Santoñito Anacoreta 0 Comments

(El siguiente texto es fragmento del ensayo que vengo redactando desde hace unos meses y que detonó el caso del encuentro entre la actriz Kate del Castillo y "El Chapo" Guzmán, y que derivó en el tratamiento de otros temas como este entre cuyos antecedentes está el artículo y también fragmento de este ensayo "Prohibido prohibir".
Para ver el video incluido escribe la clave "fuistemia1".)

LO DICHO, PREVISTO Y PRONOSTICADO. La manera como se ha venido imponiendo la intolerancia alrededor del video de la canción “Fuiste mía” llevó a que se cebara la búsqueda de justicia sobre un caso individual como el del artista Gerardo Ortiz, a quien, como consecuencia, la Procuraduría de Jalisco investigó por probables nexos con el crimen organizado, sin encontrar hasta el momento de escribir estas líneas ni un elemento en su contra (AYALA, 2016), aunque tiempo después, tanto como cuatro meses, el 12 de julio un juez obsequió orden de aprehensión contra el cantante y contra el productor del video, Daniel Alejandro Ortiz, acusados del delito de apología de la violencia que alcanza mínimo de uno a seis meses de prisión.

Gerardo Ortiz - Fuiste Mía (Official Video) from José Antonio de la Vega on Vimeo.

 El fiscal de Jalisco Eduardo Almaguer Ramírez —contra quien, por cierto, el diputado local por el partido político Movimiento Ciudadano, Augusto Valencia, presentó una denuncia de juicio político ante el Congreso del Estado de Jalisco acusándolo de uso indebido de recursos públicos y obstaculizar la impartición de la justicia— explicó:
Se logró acreditar la responsabilidad de estas dos personas porque son ellos [quienes… se presume] fueron quienes elaboraron y diseñaron el contenido de este video, el cual publicita acciones violentas en contra de las mujeres; pero, además motiva el ejercicio de estas acciones y el daño que pueden ocasionar […] [cf. (RÍOS, "MC respalda denuncia de juicio político contra fiscal general", 2016), (RÍOS & FIERRO, "Presentan juicio político contra el Fiscal General", 2016), (MARTÍNEZ, 2016), (RELLO, 2016); énfasis mío].
Asimismo, fue detenido uno de cuatro policías que intervinieron en la grabación del polémico video y a los que se relacionó con los posibles delitos de peculado y desvío de recursos del ayuntamiento de Zapopan, como explicó el fiscal:
Para nosotros es muy clara la vinculación y complicidad de varias empresas y personas en este delito (delincuencia organizada y operación con recursos de origen ilícito) que es de orden federal [ibid.]
El uso, de parte del fiscal, del concepto “publicitar” es tramposo y por lo mismo peligroso. El verbo, que refiere a “promover una cosa mediante publicidad”, empleado en este caso dentro de los límites legales de la acusación revela el avieso y manifiesto interés, tanto de la fiscalía como de otros de los personajes mencionados en este ensayo alrededor del tema, por lesionar cualquier forma expresiva que siquiera haga referencia a lo que fundamenta la causa.
[…] es muy evidente […] que este cantante difunde a través de sus actuaciones y de sus acciones [la motivación al delito]; y además se acreditó que él participa en este contenido […] (ALMAGUER Ramírez, 2016).
Es decir, si bien el videoclip de la canción tiene como finalidad mercadológica la promoción publicitaria de un tema musical y por tanto de una obra artística para propiciar su venta, y si bien el discurso entero está construido de forma atractiva y persuasiva para conseguir el cometido comercial de la compañía productora, eso no significa de ninguna manera, lo digo de nuevo y en estricto sentido comunicacional, que el mensaje de fondo, único o exclusivo de la obra sea el que se esgrime como “delito”.

La brillante perspicacia de los acusadores —incluyo a la joven periodista queretana, Jovana Espinosa, que casi a la par que el senador Jesús Casillas Romero detonaron todo el caso— al señalar como “acreditación” el hecho de que el cantante participó en las escenas que conforman el video demuestra, sí, más que la evidencia que pretenden, la clara ineptitud, por una parte, de la fiscalía para la conformación de una carpeta de investigación y, por otro lado, la ineptitud del conjunto de los acusadores para discriminar, en la lectura, la información contenida en una obra al margen de cualquier consideración de índole moral.

Si el cantante aparece en la mayoría de las escenas y él mismo en entrevistas de prensa afirmó ser él, en tanto actor, quien intervino en las mismas, es más que obvio que participó; por lo tanto, no hay nada que acreditar en función de un hecho concreto que salta a la vista. Esta “acreditación” huele más a justificación gazmoña, prendida con alfileres, para meter con calzador un presumible delito que no es más que una forma velada y rebautizada de censura; peor, un paso franco y de retroceso hacia los años entre 1941 y 1968, cuando el gobierno mexicano, por decreto del presidente Manuel Ávila Camacho y supuestamente con afán de poner un freno a las secuelas de la Revolución acuñó el delito de disolución social (INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS POLÍTICOS, s/d) que derivó en el Movimiento Estudiantil de 1968 y la tragedia de Tlatelolco. Basta contrastar lo asentado en aquella ley con lo expuesto en el séptimo capítulo del Código Penal Federal Vigente que data de 1931 y cuya reforma más reciente, al momento de escribir estas líneas, se hizo el 12 de marzo de 2015, mismo sobre el que la Suprema Corte de Justicia ha hecho observaciones sobre ciertos contenidos de orden discriminatorio, por lo pronto en torno al tema del aborto (GARCÍA Martínez, Anayeli; CIMACNOTICIAS, 2016). [De nuevo, el énfasis es mío.]
CAPÍTULO VII

Provocación de un Delito y Apología de éste o de algún Vicio y de la Omisión de impedir un Delito que atente contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, la Dignidad Humana o la Integridad Física o Mental. 
Artículo 208.- Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de éste o de algún vicio, se le aplicarán de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecutare; en caso contrario se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación en el delito cometido. 
Artículo 209.- El que pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de uno de los delitos contemplados en el Título VIII, Libro Segundo, de este Código o en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas se le impondrá la pena de seis meses a tres años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa
Las mismas penas se impondrán a quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los contemplados en el párrafo anterior y de cuya próxima comisión tenga noticia. 
Dichas penas se impondrán a las personas relacionadas o adscritas a cualquier institución, asociación, organización o agrupación de carácter religioso, cultural, deportivo, educativo, recreativo o de cualquier índole y tengan conocimiento de la comisión de los delitos a que se refiere el primer párrafo del presente artículo, cuando no informen a la autoridad competente o protejan a la persona que lo cometa, ya sea escondiéndola, cambiándola de sede o de cualquier otra forma le brinde protección (CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, 2015).
— § —
CAPITULO III

Delitos de Disolución Social
ARTÍCULO 145 bis. —Comete el delito de disolución social, el extranjero o nacional mexicano, que en forma hablada ó escrita, o por medio de símbolos o cualquiera otra forma, realice propaganda política entre extranjeros o entre nacionales mexicanos, difundiendo ideas, programas o normas de acción, de cualquier gobierno extranjero, que afecten el reposo público o la soberanía del Estado Mexicano.
Se afecta el reposo público, cuando los actos de disolución social definidos en el párrafo anterior, tiendan a producir rebelión, tumulto, sedición ó escándalos.
La soberanía nacional se afecta cuando los actos de disolución social, puedan poner en peligro la integridad territorial de México, obstaculicen el funcionamiento de sus instituciones legítimas o propaguen el desacato de parte de los nacionales mexicanos a sus deberes cívicos.
ARTÍCULO 146 Bis. —También cometen delito de disolución social el extranjero o el mexicano que en cualquier forma realice actos de cualquiera naturaleza, que preparen material o moralmente la invasión del territorio nacional o el sometimiento del país, a cualquier potencia extranjera.
Si nos atenemos a la letra del Código Penal, ¡resultaría que todos los mexicanos estamos en inexcusable comisión del delito de “apología del delito”! —como ocurre con su hermanastro, el delito del “acoso sexual” que ha venido a lesionar las formas de las relaciones humanas— y muchos, justo en el mismo sentido que se ha señalado a Gerardo Ortiz, por el solo hecho de cantar una canción con una letra que aborde un tema similar, por escucharla en alguna estación radiofónica, un canal de televisión, en las redes sociales y no denunciar dichos canales o a los locutores y presentadores. O por leer o atender historias escritas, series filmadas, telenovelas, filmes, videos de YouTube, etc., donde la violencia de género o cualquier otro delito forme parte de la trama. Los niños y adolescentes ¡ni se diga! Si ya bastante se señala —sin que haya un solo estudio concluyente en cincuenta años de intentos— que los cómics o los videojuegos incitan a la violencia.

Que me perdonen todos los que han estado detrás de estas acusaciones, pero su torpeza comprensiva y miopía conceptual más me parece que les llevan por el camino de traumas, distorsiones o tergiversaciones a hacerse chaquetas mentales que a ubicar y valorar los mensajes en su justa, estricta dimensión comunicacional. Toda proporción guardada, me recuerdan a aquellos elucubradores que, aun siendo ciertas sus sospechas, andaban a la caza de mensajes ocultos y satánicos en los viejos LPs de la música pop cuando se los reproducía en reversa (McDONALD, 2014).

Insisto, la descontextualización a modo, moda y moral de quienes, en la pretensión de ser “políticamente correctos” han comenzado esta cacería de brujas, cuya primera víctima de conciencia ni siquiera es el cantante Gerardo Ortiz, pone sobre la mesa y tela de juicio el grado de retroceso fundamentalista y conservador de parte importante y varios sectores de nuestra sociedad. Queriendo, noblemente, reprimir cualquier forma de “terrorismo” que socave la tranquilidad de la población nacional, nuestras leyes han abierto la puerta a otra clase de terrorismo más sutil y desgastante, lo peor es que con la venia de la sociedad cegada por miedos y rencores.

Con este caso y otros semejantes anteriores o por venir, y la manera como se han ido desarrollando los hechos, me temo que entramos de lleno y francamente en una etapa muy peligrosa para la libertad de expresión en línea de tendencias mundiales. Un macartismo a la mexicana y en sentido inverso, comandado por una difusa liga de la decencia ajustada a su lectura del mundo y que lo mismo juzga mediante las redes sociales, que en el tribunal mediático o la ventanilla de prácticas a todo aquel que ose expresar mensajes que, aun cuando odiosos en su cotidianidad, retratan aspectos de la realidad. Un macartismo que pudo haber sido sembrado en los empeños conservaduristas que, tras hacerse del poder la derecha en el sexenio de Vicente Fox, poco a poco ha ido minando a las “buenas conciencias”.

Se trata de una forma de fundamentalismo que se contrapone a otros y adopta formas de apariencia virtuosa o hasta solidaria. Ahí están Donald Trump y sus discursos incendiarios, xenofóbicos, separatistas, de aislamiento. Ahí está el Brexit como reacción equivalente respecto de la idea de ser un nosotros cuando lo que nos duelen son esos otros que miramos como hiedra venenosa para arrancar.

No creo exagerar. El feminismo como el machismo a ultranza, la insidiosa insistencia paranoica por ser “políticamente correctos” como una nueva forma de populismo enfocado en agradar mejor que en de veras defender los derechos de mujeres, animales y homosexuales, entre muchos otros temas, nos está desviando del camino de la comprensión sensata de lo que nos es esencial.

Gerardo Ortiz es el primero —en la actualidad que nos ocupa— en la larga lista de chivos expiatorios con los que gobiernos locales, estatales y federal han querido ayer y hoy contrarrestar o combatir la contracultura que representan. En este caso específico, una manera burda y torpe de enmascarar el verdadero interés de escarbar en las podridas entretelas de la corrupción en estados como Jalisco o municipios como Zapopan, o revelaciones como la Casa Blanca de la consorte del Presidente Enrique Peña Nieto.

Y no soy el único en leer así, más allá y con suspicacia, los hechos. Aun antes de este suceso, el senador de izquierda, Alejandro Encinas, había escrito en El Universal en relación al trato hacia los profesores dirigentes de la sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y remembrando un artículo de Carlos Monsiváis sobre el tema (MONSIVÁIS, 2006):
Como en los peores tiempos del autoritarismo gubernamental […] El gobierno pretende enviar un claro mensaje intimidatorio a todos los que disienten de sus políticas y las decisiones de la autoridad aplicando “un castigo ejemplar”.
No se trata de un hecho aislado o de un asunto menor […] El gobierno de Peña Nieto ha tomado la decisión de hacer uso indebido de las instituciones de seguridad y procuración de justicia, para eliminar cualquier resistencia a su proyecto y a los negocios que este representa […]

Con ello regresa una de las peores prácticas del viejo autoritarismo priísta: la criminalización de la disidencia política y de los movimientos sociales […]
En 1970, como uno de los primeros logros del movimiento estudiantil del 68 […] se derogó este delito, que hoy parecería que se pretende restablecer, como lo demuestra, además del actuar de la autoridad, la tipificación de los delitos como el de terrorismo, que lo comete quien tome una instalación pública; la pérdida de la libertad bajo la presunción de haber cometido algún delito, bajo la figura del arraigo, o la absurda pretensión de contener la libertad de las redes sociales, so pretexto de combatir los ciberdelitos (ENCINAS, 2015)
Esta observación del senador podría pensar alguien que no aplica en lo que vamos diciendo, porque manifestaciones populares de protesta o desesperadas y excesivas tomas de instalaciones públicas por parte de subversivos, soliviantados y alebrestados llegan a ser vistas hasta con condescendencia, mientras que manifestaciones expresivas como las emanadas de la narco cultura o las que simplemente narran y describen historias como las que pueden suceder en cualquier lado, así sean muy descarnadas y violentas, son satanizadas por contener, destacar o señalar lo negativo del ser humano.

Sí, no niego la necesidad urgente en México de instaurar el Estado de Derecho y de hacer valer las leyes, las normas que posibilitan una convivencia armoniosa al menos en teoría. Pero está visto que las normas se aplican según el leal saber y entender del mejor postor.

El caso de Gerardo Ortiz cabe perfectamente en la canasta que describe Monsiváis:
El desastre judicial se ha dado a nombre de “las razones de Estado” o de la “aplicación de la ley”, ajustada por lo común a criterios de compra-venta, que se apoyan en tradiciones racistas, clasistas, sexistas.

La experiencia histórica nunca deja mentir a los críticos [op.cit.].
Y también podemos incluir los probables intentos de censura contra colegas periodistas como Carmen Aristegui tras su revelación de la Casa Blanca que fuera propiedad de la Primera Dama Angélica Rivera (VILLAMIL, "MVS demanda por daño moral a Aristegui por prólogo de 'La Casa Blanca de Peña Nieto'", 2016). Digo probable, porque las circunstancias como se dieron los primeros capítulos de esa historia cayeron en un ámbito laboral que yo mismo puse en tela de juicio, sin menoscabo de las sospechas de la popular periodista. Por ello, siguiendo la remembranza de Monsiváis cabe parafrasear la pregunta —del modo que hiciera Siqueiros en su momento— a los procuradores como Almaguer: ¿A qué se debe tan enorme metamorfosis? Antes nos llevaba usted del brazo hacia el homenaje de las multitudes y hoy nos conduce de la misma manera hacia la represión, la censura, el descrédito y la cárcel [cit.pos. ibid.].

Bien haríamos en poner atención a la película Trumbo, porque más de uno que hoy publicamos cosas, ya en medios tradicionales, ya en blogs como mis Indicios Metropolitanos, ya en redes sociales y que incomodan a quienes detentan el poder de alguna manera somos los cabos sueltos, endebles, con los que comienza a liarse la madeja de la intolerancia. Deberíamos recordar, de un lado y del otro de la mesa, que no porque parpe o grazne y camine como pato, el indicio puede apuntar no a un pato sino a un cisne o un ganso.

Hoy vinieron por aquél, mañana tal vez por ti que incluso denunciaste a tu par; o por mí.

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